Las medidas alternativas constituyen una forma
mediante la cual se puede abordar la rehabilitación penal con mayores
probabilidades de éxito que las que podemos encontrar en el sistema
penitenciario de nuestro país, las cárceles en hacinamiento en la teoría no son
capaces de rehabilitar a una persona, y las de nuestro país llevan más de una década
en esa situación, sin que a los legisladores les preocupara, hoy, la cantidad
de reincidentes es perturbadora, y se abordó la problemática con la construcción
de nueva infraestructura, cuando los efectos de la mala gestión penitenciaria,
se empezaron a notar cual epidemia en sus efectos sobre la población civil.
Sin embargo medidas como la Justicia Restaurativa,
que fue una iniciativa de la Sala III de la Corte, han tenido efectos positivos
y la inclusión de la población civil en estas iniciativas han procurado
eliminar gradualmente la visualización de la pena como un mecanismo de venganza
legítima, con respecto a esto, Londoño & Villareal (2017) exponen:
En
2011 empezó a funcionar el Programa de Justicia Restaurativa, como una
iniciativa impulsada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia para
la aplicación unificada de este modelo en el país, en todas las etapas del
proceso penal y con mecanismos de seguimiento. Una de las características del
Programa ha sido el énfasis en la coordinación entre instituciones de los tres poderes
de la República, así como con organizaciones privadas y de la sociedad civil.
En 2015, solo en materia penal juvenil se contó con una red de apoyo a nivel
nacional conformada por 753 entidades. El Programa también ha tenido un impacto
en el diseño institucional del sistema penal, mediante la aprobación de
diversos protocolos para la aplicación de la justicia restaurativa en casos de
violencia de género o delitos flagrantes, y la aprobación, en agosto de 2015,
de la “Política pública de justicia juvenil restaurativa”, por parte del
Consejo Social de la Presidencia de la República. Actualmente el modelo se
puede aplicar en casos de delitos sexuales cometidos contra personas mayores de
edad, agresión con arma y lesiones leves entre personas unidas por relaciones
de parentesco, desobediencia a la autoridad, maltrato, ofensas a la dignidad,
restricción a la libertad, limitación al ejercicio del derecho de propiedad,
daño y/o sustracción patrimonial, fraude de bienes, incumplimiento de una
medida de protección, y violencia física y psicológica. En 2015 el Programa
atendió 305 víctimas; 761 personas ofensoras recibieron 11.369 horas de terapia
por parte del Instituto de Alcoholismo y Fármaco dependencia (IAFA) y otras
organizaciones. Además, brindaron 55.182 horas de servicio a la comunidad.
También se dio seguimiento a 715 casos previamente atendidos y, en materia
penal, se efectuaron 719 reuniones restaurativas con un plazo de resolución de
alrededor de treinta días (Poder Judicial, 2016).
Una red de 753 entidades es algo que difícilmente se
podría haber considerado años atrás, sin embargo es necesario fortalecer estas
iniciativas y fomentar la concientización de la ciudadanía de modo que apoyen
la labor de las autoridades, y se logre la consecución de un objetivo bastante
golpeado y atacado, la reforma y reinserción social de los penados.
Bibliografía:
Londoño, M., & Villareal, E. (2017). Segundo
Informe del Estado de la Justicia - Capitulo 7: Causas de la Privación de
Libertad y perfil de la población penitenciaria. Agosto 04, 2018, de Estado de
la Nación Sitio web: https://www.estadonacion.or.cr/files/biblioteca_virtual/justicia/EJ-2017-CAP-7.pdf
Buenas tardes compañero.
ResponderEliminarEs muy gratificante leer este articulo de tu blog, cosa que me parece importante, claramente es necesario reformular medidas mas efectivas, eficientes y eficaz, para lograr una sistema mas integral, donde los reclusos pueda adaptarse y resocializarse.
Optando para mejorar el sistema y este mas bien no se vuelva vitimizador, como se conoce los centros penitenciarios. De manera que al estar hacinados, en condiciones insalubres a permitido que los imputados también se vuelvan victima del sistema.
Notese la siguiente cita La política penitenciaria es un documento que representa un esfuerzo muy significativo para el país. Se trata de una muestra de voluntad y coordinación institucional hacia una manera más humana de administrar los centros penitenciarios. Implica un replanteamiento del camino recorrido hasta hoy, para involucrar técnicas científicas que han probado ser más efectivas en el abordaje delictivo que la mera venganza. (Gobierno de Costa Rica)
Trabajando en conjunto se pueden lograr un desarrollo social, todos tengan oportunidad.. mejorado por ser mas igualiarios.
Bibliografia
Gobierno de Costa Rica (2017) Ministerio de Justicia y Paz presentó la primera política penitenciaria de Costa Rica. recuperado de https://presidencia.go.cr/comunicados/2017/12/ministerio-de-justicia-y-paz-presento-la-primera-politica-penitenciaria-de-costa-rica/