En la etapa de la ejecución de sentencia se
materializa la decisión que toma el tribunal, ya para este punto se conoce la
decisión de si se absuelve o se condena lo denunciado por la víctima del
delito. Si nos encontramos con el escenario de una sentencia condenatoria,
intervienen dos participes, uno administrativo y otro judicial, con respecto al
primero, se trata de la Dirección General de Adaptación Social, y respecto al
segundo, los Juzgados de Ejecución de la Pena.
Sin embargo, a diferencia de lo que sucede en etapas
anteriores del proceso penal, la participación de la víctima en la fase
ejecutoria de la sentencia, se limita a lo poco que nos indica el Código
Procesal Penal al respecto, que en resumidas conclusiones es un triste
recordatorio de lo que sucedía con el Derecho Penal Clásico, la exclusión de la
víctima del desarrollo del proceso y su designación como simple observador.
Respecto a esto, Arias & Barrantes (2013) narran:
Lo
curioso del caso, es que el mismo Código contempla únicamente al querellante,
quiere decir que aquella víctima, que ya sea por desinformación o por falta de
recursos para contar con un abogado particular y que por lo tanto, no pudo
constituirse como querellante durante el proceso, tiene vedado el derecho a
intervenir en ésta fase, lo que deviene en un criterio simple y sencillamente
discriminatorio. De la misma manera, lo sugiere el autor costarricense Roy
Murillo, quien explica: En la fase de ejecución de la pena a la víctima del
delito solo se le otorga legitimación cuando se haya constituido en
querellante. Parece que se excluyó a la simple víctima…. En la práctica
judicial la mayoría de procesos se realizan sin la intervención del
querellante, probablemente porque es una figura novedosa y sobre todo por el
costo económico que genera al ofendido, el que ya ha sufrido perjuicio y
difícilmente asumirá los costos. (pp. 285-286).
La falta de información, pero principalmente la
falta de recursos, ocasionan que la víctima vea limitada por no decir negada,
su participación en esta etapa del proceso penal, que no por encontrarse al
final deja de ser importante. Lo narrado en el párrafo anterior es
particularmente inquietante, si observamos que la incapacidad de la víctima
para acceder a la fase de ejecución de la sentencia y participar, tiene un
importante fundamento socioeconómico, cuando se supone, que el acceso a la
justicia y la calidad de la misma debe ser igual para todas las personas de
todos los estratos socioeconómicos de la ciudadanía, el acceso a la justicia
con igualdad de oportunidades se ve ampliamente limitado por estas
consideraciones que hace nuestro Código Procesal Penal.
Es inevitable no mencionar que las autoridades han
hecho importantes avances en cuanto a ampliar la cobertura y servicios para con
la víctima mientras es parte del proceso penal, sin embargo, llegados a este
punto es inevitable no expresar el descontento con respecto al seguimiento para
con la víctima una vez llegados al punto de la sentencia, es inaudito que la
víctima sea ignorada al concluir el proceso, que no se le brinde seguimiento y
no se le notifique sobre cualquier modificación de la sentencia del trasgresor,
en especial en aquellos casos en que se trata de delitos tan delicados como los
relacionados a la libertad sexual, todos estos avances se ven empañados por
causa de no realizar las modificaciones pertinentes a la ley actual, peor aún,
la imposibilidad para la víctima en la participación de la fase ejecutoria de
la sentencia, salvo en los casos en que se cuente con un defensor privado es
cuando reprochable, pues la justicia debe ser para todos los ciudadanos, sin
importar su capacidad económica, y con limitaciones como esta, solamente se
logra que la percepción de la ciudadanía con respecto al desempeño de la labor
judicial, se vea perjudicada y con justa razón.
Bibliografía:
Arias, A., & Barrantes, M. (2013). Tesis
dirigida para optar por el grado de Licenciatura en Derecho La participación de
la víctima de delitos sexuales durante la fase de ejecución dentro del proceso
penal costarricense. San José, Costa Rica: Universidad de Costa Rica.
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